Cardenal Jorge Urosa: “La iglesia no puede bendecir uniones homosexuales”


Cardenal Urosa: la iglesia no puede bendecir uniones homosexuales. Y por lo tanto nadie, ni presbítero ni obispo, ni cardenal, puede bendecir uniones entre homosexuales. Foto @GuardianCatolic

 “No es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio”, comenta en torno a la Declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe, aprobada por el Papa

Cardenal Jorge Urosa Savino,
Arzobispo Emérito de Caracas

Caracas, 20 de marzo 2021

El 15 de marzo la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una declaración redactada en la forma tradicional de “Responsum”, Respuesta a una Pregunta sobre temas morales o doctrinales. En este caso la pregunta es: ¿Dispone la Iglesia del poder para bendecir uniones entre personas de un mismo sexo? A lo cual la Congregación responde: “Negativamente”. Es decir: la iglesia no puede bendecir uniones homosexuales. Y por lo tanto nadie, ni presbítero ni obispo, ni cardenal, puede bendecir uniones entre homosexuales.

La Congregación para la Doctrina de la Fe es el Dicasterio romano con la misión y autoridad para asistir al Papa en la proclamación y defensa de la auténtica enseñanza doctrinal y moral de la Iglesia. En este caso, ese organismo pontificio sale al paso al “dubium” sobre la práctica irregular que se ha ido extendiendo de “bendecir” uniones homosexuales, y la rechaza.  Es algo semejante a la práctica irregular y prohibida de “bendecir” bodas simplemente civiles que excluyan la celebración del sacramento del matrimonio. Esto tampoco se puede hacer. Es un acto vacío y falso, pues no se puede bendecir lo que está enmarcado en una decisión pecaminosa.

Hay que tener en cuenta que las uniones homosexuales no son “platónicas”. Ellas tienen por lo general, un objetivo y naturaleza sexual, es decir son normalmente para la convivencia sexual. Y por lo tanto están en contradicción con la enseñanza tradicional y plurisecular de la Iglesia, de que la actividad sexual debe estar enmarcada en la convivencia matrimonial entre un hombre y una mujer, y para un católico, es lícita y bendecida solamente en ese marco social, familiar y religioso.

La Congregación explica bien la negativa: “cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita —más allá de la recta intención de aquellos que participan— que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor. Por tanto, solo son compatibles con la esencia de la bendición impartida por la Iglesia aquellas realidades que están de por sí ordenadas a servir a estos designios”.

Y en consecuencia: “Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo[6]. La presencia en tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de apreciar y de valorar, todavía no es capaz de justificarlas y hacerlas objeto lícito de una bendición eclesial, porque tales elementos se encuentran al servicio de una unión no ordenada al designio de Dios”.

Y continúa diciendo: “Además, ya que las bendiciones sobre personas están en relación con los sacramentos, la bendición de las uniones homosexuales no puede ser considerada lícita, en cuanto sería en cierto modo una imitación o una analogía con la bendición nupcial[7], invocada sobre el hombre y la mujer que se unen en el sacramento del Matrimonio, ya que «no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia»[8].

La Congregación no ataca a las personas de tendencia homosexual. Solamente reafirma que “La declaración de ilicitud de las bendiciones de uniones entre personas del mismo sexo no es por tanto, y no quiere ser, una discriminación injusta, sino reclamar la verdad del rito litúrgico y de cuanto corresponde profundamente a la esencia de los sacramentales, tal y como la Iglesia los entiende”.

Y en este sentido puntualiza la declaración: La respuesta al dubium propuesto no excluye que se impartan bendiciones a las personas individuales con inclinaciones homosexuales[10], que manifiesten la voluntad de vivir en fidelidad a los designios revelados por Dios así como los propuestos por la enseñanza eclesial, pero declara ilícita toda forma de bendición que tienda a reconocer sus uniones. En este caso, de hecho, la bendición manifestaría no tanto la intención de confiar a la protección y a la ayuda de Dios algunas personas individuales, en el sentido anterior, sino de aprobar y fomentar una praxis de vida que no puede ser reconocida como objetivamente ordenada a los designios revelados por Dios[11].

Pero la Iglesia recuerda que “Dios mismo no deja de bendecir a cada uno de sus hijos peregrinos en este mundo, porque para Él «somos más importantes que todos los pecados que nosotros podamos hacer»[12]. Pero no bendice ni puede bendecir el pecado: bendice al hombre pecador, para que se reconozca como parte de su designio de amor y se deje cambiar por Él.

Por todas estas razones, la Iglesia no tiene ni puede tener el poder, es decir la facultad religiosa, para bendecir uniones de personas del mismo sexo en el sentido anteriormente indicado. Esas supuestas bendiciones son falsas e ilícitas.

CONCLUSIÓN

En esta breve declaración, aprobada por el Santo Padre, la Congregación para la Doctrina de la Fe hace un gran servicio a la Iglesia. Reafirma el respeto y el amor de Dios y de la Iglesia a todos sus hijos, incluso los que tengan tendencias homosexuales. Pero afirma con claridad y fortalece la recta doctrina del sacramento del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. Y que la actividad homosexual va en contra de la ley de Dios y la moral cristiana. Además, refuerza la enseñanza plurisecular de que toda actividad sexual, también de personas heterosexuales, es lícita solamente en el marco del sagrado matrimonio.


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2 Comentarios

  1. Hola que ocurriría en el caso de personas del mismo sexo en el cual una de ellas ha modificado su esencia original y se presentan a recibir el sacramento del matrimonio como hombre y mujer
    Que el Señor los bendiga por su tarea informativa
    Espero su respuesta

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  2. Perdón si ahora les dan documentos de identidad, en el caso de dos varones..el espejo no miente.aca 3n Argentina..le han dado DNI a un masculino diciéndo que es mujer? Nunca va a dejar de ser un hombre vestido de mujer. Que se junten que hagan su vida..pero que no pretendan derechos de igualdad porque nunca van a ser iguales.

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