Francisco
aprueba un Carta apostólica para evitar que curanderos, santones y gurús se cuelen
y obtengan aprobación oficial de Iglesia Católica
Ary Waldir Ramos Díaz - publicado
el 05/11/20
El papa Francisco ha
aprobado la Carta Apostólica, Authenticum charismatis. En
el texto se modifica la ley eclesial para que sea la Sede Apostólica la
que controle directamente los expedientes de posibles «fundadores» de nuevas
comunidades religiosas o sociedades de vida apostólica.
En la Iglesia Católica, antes de
este cambio, era suficiente la aprobación de un obispo diocesano para fundar
una comunidad. De ahí que por esta «ventana piadosa» abierta para que entrara
la luz de nuevas vocaciones se pudieran colar en el templo las tinieblas
traídas por falsos profetas.
Estos son pederastas, gurús,
santones, mercaderes de la fe, abusadores convertidos en ilustres e históricos
«fundadores».
En 2016 el Papa había establecido
“la previa consulta con la Santa
Sede sea necesaria “ad validitatem” para la erección de un
Instituto diocesano de vida consagrada, so pena de la nulidad del decreto de
erección del mismo”. Algo que probablemente no fue suficiente.
Necesario
reconocimiento de la Santa Sede
«Los fieles tienen derecho a ser
advertidos por los Pastores sobre la autenticidad de los carismas y la
fiabilidad de los que se presentan como fundadores«, expresa el Motu
Propio.
Esto para evitar que «surjan
imprudentemente Institutos inútiles o no dotados del suficiente vigor.»
(Conc. Ecum. Vat. II, Decreto Perfectae caritatis, 19)», se lee en
el documento firmado por el Papa el 1 de noviembre de 2020.
Por eso, afirma: «es
responsabilidad de la Sede Apostólica acompañar a los Pastores en el proceso de
discernimiento que conduce al reconocimiento eclesial de un nuevo Instituto o
de una nueva Sociedad de derecho diocesano«.
Así, con el nuevo Motu Propio
se comunica que los «nuevos Institutos de Vida Consagrada y las nuevas
Sociedades de Vida Apostólica, por lo tanto, deben ser reconocidos
oficialmente por la Sede Apostólica, que es la única a la que compete el juicio
definitivo».
Lo deliberado con esta Carta Apostólica en forma
de Motu proprio, adquiere
«valor firme y estable». Entrará en vigor el 10 de noviembre de 2020, con en el
comentario oficial de los Acta Apostolicae Sedis.
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