Francisco inicia Jubileo Ordinario 2025, un tiempo de gracia y misericordia para el Pueblo de Dios

  

En los Jubileos o Años Santos se ganan la indulgencia plenaria cumpliendo las siguientes disposiciones previstas por la Iglesia: tener verdadero arrepentimiento y propósito de conversión, excluir todo afecto al pecado y acercarse al sacramento de la Confesión; comulgar en la Eucaristía y rezar por las intenciones del Papa

Pedro Reinaldo Bravo
Publicado el 26 de enero de 2025

El pasado 24 de diciembre de 2024 el Papa Francisco dio comienzo al Jubileo Ordinario o Año Santo 2025, con la apertura de la Puerta Santa en la Basílica de San Pedro de la ciudad del Vaticano en Roma, antes de comenzar la solemne Eucaristía de la Natividad del Señor, y culminará el 6 de Enero de 2026 en la solemnidad de la Epifanía del Señor.

El Jubileo Ordinario o Año Santo es un tiempo especial de gracia y misericordia que el Papa convoca cada veinticinco años con la finalidad de que el Pueblo de Dios obtenga la remisión total de los pecados por medio de la indulgencia plenaria previo verdadero arrepentimiento y conversión, y absolución de los pecados en el sacramento de la Confesión.

Los Jubileos tienen como principal característica la apertura de la Puerta Santa en las cuatro Basílicas Mayores en Roma: San Pedro, San Juan de Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo de Extramuros, y posteriormente cada Obispo en el mundo realiza la apertura de la Puerta Santa en su diócesis o iglesia particular y designa los templos o santuarios donde los fieles puedan ganar la indulgencia plenaria y no puedan asistir a Roma.

Origen del Jubileo

El Jubileo tuvo su comienzo en el pueblo judío y está señalada en el libro del Levítico de las Sagradas Escrituras donde especifica que cada 50 años se tenga un año de gracia del Señor que se llama Jobel que significa el cuerno de carnero la cual es el origen del término Jubileo. El Jobel refiere al sonido del cuerno de carnero anunciando al pueblo de Israel el comienzo de ese año santo dedicado a Dios en la que los esclavos obtenían su libertad, las tierras eran devueltas a sus legítimos dueños, las deudas se perdonaban y la tierra descansaba.

Estas disposiciones como se mencionó está en el libro del Levítico:

Después de pasadas siete semanas de años, es decir, cuarenta y nueve años, al llegar el día diez del séptimo mes, harás resonar el cuerno. Será entonces el día del Perdón y harás resonar el cuerno en todo el país. El año cincuenta será para ustedes un año santo, un año en que proclamarán una amnistía para todos los habitantes del país. Será para ustedes el jubileo. Los que habían tenido que empeñar su propiedad, la recobrarán. Los esclavos regresarán a su familia. Este año cincuenta será para ustedes el jubileo. No sembrarán ni segarán los rebrotes, ni vendimiarán la viña sin cultivar, pues es año jubilar. Será para ustedes un año santo en que comerán de lo que el campo produce por si solo” (Lev 25, 8-12).

Historia de los Jubileos Ordinarios

El primer Jubileo o Año Santo de la historia fue convocado por el Papa Bonifacio VIII con la bula Antiquorum Habet Fida Relatio, de fecha 22 de febrero del año 1300, proclamando ese año 1300 como Año Santo y otorgando la indulgencia plenaria quienes acuden a Roma y visiten las Basílicas de San Pedro y San Pablo, y dispone también que cada 100 años se celebre un año jubilar.

Luego el Papa Clemente VI establece en el año 1343 que los jubileos se celebre cada 50 años por lo que el segundo Año Santo se tuvo en el año 1350.

Posteriormente el Papa Urbano VI establece en el año 1389 que los Jubileos se celebren cada 33 años en recuerdo de la edad de Cristo al morir en la cruz y convoca el próximo jubileo para el año 1390.

Finalmente el Papa Pablo II en su bula Ineffabilis Providentia promulgada en el año 1470, establece que los jubileos se celebren cada 25 años a partir del año 1475, lapso que se ha mantenido hasta en la actualidad.

En el año 1500 el Papa Alejando VI quiso dar un aspecto característico para el comienzo del Jubileo de ese año y estableció la apertura de la Puerta Santa como referencia a las palabras de Cristo: “Yo soy la puerta: el que entre por mí estará salvo (Jn 10,9), y también como gesto a la apertura a un camino que conduce hacia la misericordia y al perdón de Dios. Este Papa también estableció los ritos para la correspondiente apertura y clausura del Jubileo.

En la actualidad la Puerta Santa se encuentra en las cuatro Basílicas Mayores en Roma y están cerradas cuando no hay Jubileos, y cuando hay Años Santos le corresponde al Papa comenzar la apertura en la Basílica de San Pedro, y posteriormente se continúa en las otras Basílicas Mayores realizando los ritos de aperturas el mismo Santo Padre o algún delegado designado por él.

Antes de la convocación del primer Jubileo del año 1300 ya existía un itinerario espiritual en los fieles visitando las tumbas de los apóstoles Pedro y Pablo y otros templos para ganar la indulgencia. El Papa Francisco en su Bula Spes non confundit (La Esperanza no defrauda) la cual convocaba el Año Santo 2025 señala lo siguiente:

Recordemos, por ejemplo, el gran “perdón” que san Celestino V quiso conceder a cuantos se dirigían a la Basílica Santa María de Collemaggio, en L’Aquila, durante los días 28 y 29 de agosto de 1294, seis años antes de que el Papa Bonifacio VIII  instituyese el Año Santo. Así pues, la Iglesia ya experimentaba la gracia jubilar de la misericordia.”

Jubileos Extraordinarios

Además de los Jubileos ordinarios están también los Jubileos extraordinarios que como su nombre lo indica es convocado por el Papa por alguna ocasión especial como por ejemplo el Jubileo extraordinario del año 1933 convocado por el Papa Pío XI para conmemorar el 1900 aniversario de la Pasión, Muerte y Resurrección de Cristo.

Posteriormente el Papa San Juan Pablo II convocó otro Jubileo extraordinario en el año 1983 para conmemorar los 1950 años de la Redención, y el Papa Francisco convocó en el año 2015 un Jubileo extraordinario de la misericordia con motivo de los 50 años de la culminación del Concilio Vaticano II

Indulgencia Plenaria

El Catecismo de la Iglesia Católica en su numeral 1471 define lo que es la indulgencia:

“La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”.

  • La indulgencia puede ser plenaria o parcial, el Catecismo de la Iglesia Católica en el mismo numeral lo menciona: “La indulgencia puede ser parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente”.
  • Por lo tanto la indulgencia plenaria es la supresión total de la pena temporal por los pecados cometidos recordando que al cometer cualquier falta hay que pagar una pena, y la indulgencia plenaria libera totalmente dicha pena temporal.
  • En los Jubileos se ganan la indulgencia plenaria cumpliendo las siguientes disposiciones previstas por la Iglesia: tener verdadero arrepentimiento y propósito de conversión, excluir todo afecto al pecado y acercarse al sacramento de la Confesión; comulgar en la Eucaristía y rezar por las intenciones del Papa.
  • Conjuntamente con las disposiciones mencionadas también hay otros requisitos establecidos por la Santa Sede para obtener la indulgencia en este Jubileo 2025: acudir en peregrinación al templo o santuario designado por  el Obispo de la diócesis y participar en la celebración de la Misa, celebración de la Palabra de Dios, Rosario, Vía Crucis, celebraciones penitenciales o cualquier acto litúrgico o devocional que se realice en ese tempo o santuario.
  • También se gana la indulgencia realizando alguna obra de misericordia y visitar individual o en grupo y con devoción cualquier lugar sagrado designado por el obispo y realizar momentos de adoración al Santísimo Sacramento, el rezo del Padre Nuestro y del Credo e invocar a la Santísima Virgen María.

El Jubileo Ordinario o Año Santo  2025        

Con la Bula Spes non Confundit (La Esperanza no defrauda) de fecha 9 de mayo de 2024, el Papa Francisco convocó el Jubileo Ordinario 2025 con el lema “Peregrinos de la Esperanza”, porque nuestra esperanza debe estar puesta en Dios que no defrauda y es además una virtud teologal porque como señala el Santo Padre en su Bula:

la esperanza es la que, por así decirlo, señala la orientación, indica la dirección y la finalidad de la existencia cristiana. Por eso el apóstol Pablo nos invita a “alegrarnos en la esperanza, a ser pacientes en la tribulación y perseverantes en la oración (cf. Rm 12,12.)”

Que este Jubileo 2025 sea una oportunidad para fortalecer nuestra vida de oración, leer las Sagradas Escrituras, practicar el perdón y la reconciliación con los demás,  practicar la caridad a los más necesitados, participar en la Santa Misa, abrir las puertas de nuestros corazones para un verdadero arrepentimiento y conversión y así obtener el perdón de Dios en el sacramento de la Confesión, y aprovechar de obtener la indulgencia plenaria en las basílicas romanas o en los lugares sagrados destinados por el Obispo de la diócesis o iglesia particular.

Culminemos con la última parte de la Oración del Jubileo escrito por el Papa Francisco: 

La gracia del Jubileo reavive en nosotros, Peregrinos de Esperanza, el anhelo de los bienes celestiales y derrame en el mundo entero la alegría y la paz de nuestro Redentor. A ti Dios bendito eternamente sea la alabanza y la gloria por los siglos. Amén.”

Video: Cortesía de Vatican News Papa Francisco abre la Puerta Santa



Publicar un comentario

2 Comentarios

  1. Saludo y Paz en el Señor Jesús. Agradezco a esta página de Él Guardian Católico por esta publicación sobre el Año Jubilar Ordinario y el verdadero sentido de la indulgencia plenaria escrita por mi gran hermano y amigo en Cristo Pedro Reinaldo Bravo. Que el Señor les bendiga y siga haciendo de ustedes un verdadero instrumento de Cristo Jesús.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Pedro Reinaldo Bravoviernes, enero 31, 2025

      Adolfo Molero muchísimas gracias por sus palabra y todo es para mayor gloria del Señor. Que Dios te bendiga.

      Eliminar

Comentarios de Nuestros Visitantes

Agradecemos sus comentarios, siempre en favor de nuestra Fe Cristiana Católica y de manera positiva. Si considera válido su comentario para ser publicado, se agradece no usar una cuenta anónima o desconocida.